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martes, 14 de julio de 2015

COMO SE ABONA LA GRATIFICACIÓN DE JULIO

asta la fecha de hoy, en el Convenio de Seguridad Privada, en su artículo 71 aparecía el siguiente texto : "…… El importe de esta gratificación será de una mensualidad de la columna de " total " correspondiente al Anexo Salarial y por los mismos conceptos, incluyendo el complemento personal de Antigüedad, así como la parte proporcional del Plus de Peligrosidad correspondiente al tiempo trabajador con armas durante su devengo "…..



En el nuevo Convenio de Seguridad 2015 , se ha puesto una coletilla al texto arriba indicado "……pero con exclusión de los pluses de transporte y vestuario. Se abonará de acuerdo con lo devengado en su período de generación. …."    Esta coletilla, lo que viene a decir es que la paga se   genera desde el 1 julio 2014 hasta 31 de diciembre de 2014 ( con lo cual esto tiene un precio en la Tabla Salarial ) y la segunda parte se genera desde el 1 de enero de 2015 hasta el 30 de junio de 2015 ( teniendo este periodo otro precio en las tablas salariales , puesto que en el 2015 hay subida salarial ) . 

Por ello , tenéis que tener en cuenta que la paga de julio se os abonará en dos nóminas distintas y con distintas cantidades . 

Si tenéis algún problema para entenderla o no os cuadra algo , no dudéis en dirigidos a nosotros . 

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