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viernes, 27 de diciembre de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL ANULA QUE SE MUESTRE EL DNI EN LA TARJETA PROFESIONAL DEL VIGILANTE

letra capitala Audiencia Nacional ha anulado la orden del Ministerio del Interior que, desde 2011, obligaba a que las tarjetas identificativas( Tarjeta de Identificación Profesional )de los vigilantes de seguridad incluyera su número de identificación profesional de los vigilantes, que debía coincidir con su número de DNI o NIE. La sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de este tribunal ha estimado el recurso interpuesto , al considerar que esta posibilidad de identificación "pone en riesgo la salvaguarda de su privacidad, su intimidad e incluso su seguridad". La orden exige a los vigilantes de seguridad, que exhiban la tarjeta de identificación profesional cuando se les requiera.
Que su número de identificación coincida con su DNI es, según alegaron los recurrentes, "un riesgo añadido para los trabajadores de seguridad privada al tener que exhibir su numero de DNI a delincuentes y personas de todo tipo".La sala avala estos argumentos, a los que se opuso la Abogacía del Estado afirmando que ello obstaculizaría "la identificación al público" de los vigilantes y que el número del DNI es abstracto, y por ello anula la disposición, contenida en el apartado 1 Anexo V de la citada orden ministerial. "La identificación de los vigilantes de seguridad resulta del conjunto de los datos expresados en la tarjeta de identidad profesional (incluido su número), por lo que no consideramos indispensable para dicha identificación que el número de su tarjeta sea el mismo número de su DNI, pudiendo ser otro distinto", afirma la sentencia.

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