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viernes, 16 de noviembre de 2012

16 Noviembre 2012  Reunión del Comité de Empresa con la siguiente Orden el día : 

1.- Aprobación si procede y firma del acta de la reunión anterior.
2.- Valoración de la concentración a la puerta de la empresa y de la huelga general de 14 de noviembre.
3.-  Despidos Colectivos. Información sobre lo acontecido en las reuniones de fecha 8 y 15 de noviembre en la mesa del ERE.

4.- Ruegos y Preguntas.



2.- Se valora el seguimiento de la Huelga, siendo esta desigual, el Comité entiende que se ha vulnerado el derecho de esta, dando servicios mínimos del 100% al personal de la plantilla operativa ( vigilantes de seguridad ) que tenían asignado servicio el mismo día 14, efectuando este por petición de ampliación por parte de los clientes. Por ello entendemos que se ha conculcado gravemente el ejercicio de la misma.

3.- Los compañeros que se encuentran en estos momentos en la mesa negociadora exponen lo acontecido en esta, comentando que la empresa ha dado datos de despidos muy abultados con la intención de negociar y rebajar sus pretensiones . Se abre un debate sobre el Acuerdo firmado con la empresa el pasado marzo, por el cual a través de este no se despediría a nadie en Madrid por el procedimiento del ERE y el cual se ha incumplido por la parte empresarial, ya que ha incluido dentro de los despidos colectivos a 64 vigilantes de la Delegación de Madrid. 
Por ello se mandata al Presidente y al Secretario del Comité para que tomen las medidas legales que sean necesarias para hacer cumplir el acuerdo y que esto lo trasladen a la empresa ,( el incumplimiento del acuerdo ).
Se plantea mandar un escrito a la empresa para que reconsidere su actitud de despedir a trabajadores por este procedimiento ya que esto de llevarse a cabo sería un incumplimiento de lo acordado el pasado mes de marzo de 2012, y por lo tanto nos veríamos en la obligación de tomar las medidas legales necesarias para que esto no se produzca. La propuesta queda aprobada por unanimidad.
Igualmente se mandata al Presidente y al Secretario del Comité de Empresa para que tomen las medidas legales oportunas para que se denuncie la presunta vulneración del derecho a la huelga ( según la Constitución Española ).
Se acuerda convocar una reunión extraordinaria. 


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