n juicio celebrado en Valencia, el juez estima la demanda presentada por unos vigilantes en relación al tiempo efectivo de trabajo los 15 minutos de bocadillo. Pasamos a explicaros esta Sentencia, la cual podéis descargar pinchando el enlace :
Estos vigilantes, trabajaban en un centro de trabajo ( Carrefour), y se tomaban 15 minutos para descansar. Lo que ocurrió es que la empresa que les subrogo, les decía que los 15 minutos de descanso , no los computaría como jornada de trabajo y al final les hacían hacer mas jornada para compensar estos descansos.
Los vigilantes lo que pedían , no es que les abonasen ese tiempo de descanso, sino que todo lo que haya pasado de horas de las estipuladas en convenio ( jornada mensual ) se les abone, y por ello al final la juez, ha determinado estima la demanda a los Vigilantes y por ello les reconoce el derecho a disponer de los 15 minutos de descanso que preve el Estatuto de los Trabajadores ( y no los 20 minutos porque aquí en esta Sentencia se reclama el equivalente económico, en tiempo de trabajo por encima de convenio ) considerando este tiempo de trabajo efectivo .
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