Matrimonio del trabajador , disfrutaremos de 17 días . Si se solicita a la empresa con dos meses de antelación, se podrá disfrutar continuadamente de las vacaciones anuales junto con los días de matrimonio.
Por matrimonio de padres, hijos, hermanos y nietos de uno u otro cónyuge, y previa justificación, tendrán derecho a un día de licencias para asistir a la boda, ampliable a tres días por desplazamiento.
El trabajador tendrá 2 días , que podrán ampliarse hasta 4 días como máximo para desplazarse en los casos de alumbramiento de esposa o adopción, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización ,que precise reposo domiciliario o fallecimiento de conyuge, hijos de ambos, uno u otro conyuge, padre, madre , nietos, abuelos o hermanos de uno u otro conyuge.
Este permiso podrá tomarse dentro de los siete días desde el hecho causante cuando se trate de una enfermedad o intervención grave.
Un mínimo de 2 días para traslado de domicilio.
Tenemos 1 día de permiso por bautizo de un hijo o nieto.
Tenemos 1 día de permiso por comunión de un hijo o nieto.
Por cita del médico especialista del INSALUD u organismo oficial de salud equivalente de las CC AA, tres horas de permiso como máximo.
Por tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que deben realizarse dentro de la jornada de trabajo.
Un mínimo de 2 días para traslado de domicilio.
Tenemos 1 día de permiso por bautizo de un hijo o nieto.
Tenemos 1 día de permiso por comunión de un hijo o nieto.
Por cita del médico especialista del INSALUD u organismo oficial de salud equivalente de las CC AA, tres horas de permiso como máximo.
Por tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que deben realizarse dentro de la jornada de trabajo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario